La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió, en todo el territorio argentino, la venta de una mezcla de especias y un aceite de oliva.
De acuerdo con la disposición 8566/2020, el organismo prohibió la venta del producto “Curry suave – Fraccionado por Valles del Norte, procedencia: Argentina (RNE: 03000229 y RNPA: 02-659802)”, según figura en la resolución de alcance nacional publicada en el Boletín Oficial.
Según la ANMAT, el producto no cumplía con la normativa alimentaria vigente, ya que carecía de registros de establecimiento (RNE) y de producto (RNPA). Además, estaba “falsamente rotulado por exhibir en el rótulo un número de RNE y RNPA inexistentes”, indica el informe. Por eso el producto fue catalogado como “ilegal”.
Pero también el organismo prohibió comercializar, mediante la disposición 8605/2020, el producto “Aceite de Oliva”, marca Olive Oil, IRNPA N° 13014196-3, IRNE N° 13000978, Naturales de Cuyo SA, Los Tilos 250 – Palmira Mendoza“, por carecer de registro de Registro Nacional de Establecimientos (RNE) y Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA), y encontrarse “falsamente rotulado”.
“Tanto el RNPA como la razón social: Naturales de Cuyo SA son inexistentes, y en relación al registro RNE N° 13000978, pertenece a un establecimiento del rubro ‘alimentos azucarados’ y que actualmente se encuentra dado de baja, explicó el organismo.
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