Este miércoles 26 de octubre, de madrugada, quedó finalmente aprobada la llamada ley de etiquetado frontal en la Argentina.
Tras la media sanción que ya tenía del Senado, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable con 200 votos a favor, 22 en contra y 16 abstenciones.
A partir de ahora, todos los envases de alimentos que tengan exceso de azúcares, grasas, sodio o calorías deberán llevar impreso un sello octogonal negro de advertencia para los consumidores.
“Al día de hoy, la información nutricional que se brinda es por lo menos confusa, y puede ocurrir que estemos comprando un producto que parece saludable, cuando en realidad no lo es”, afirmó la diputada Cecilia Moreau, presidenta de Legislación General.
Para justificar la medida, la legisladora recordó que un 66% de los argentinos tienen sobrepeso, un 32% tiene obesidad, un 40% padece presión arterial elevada, un 30% tiene colesterol alto.
Los productos que tengan excesos en diferentes categorías deberán llevar más de un sello. Además, los productos que contengan edulcorantes o cafeína, deberán informar que no son aptos para el consumo en niños y adolescentes.
Tampoco estará permitida la publicidad comercial dirigida a niños y adolescentes de productos con sellos de advertencia, y los que tengan más de un sello no podrán incluir en sus envases dibujos animados, personajes, figuras públicas, regalos ni elementos que atraigan a los menores.
Una vez que se reglamente la ley (el Estado tiene 90 días para hacerlo), las pymes tendrán un año de tiempo para adecuarse a la nueva normativa, en tanto que las grandes empresas dispondrán de seis meses para adaptarse y agregar los sellos octogonales.
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