La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto rotulado como “Azúcar común tipo A; marca Dulzura; RNE N° 23001241; RNPA N° 23039151; Prov. de Tucumán”.
La medida alcanza a todas las presentaciones y lotes del producto, debido a que utiliza registros sanitarios falsos y no se puede verificar su origen ni su trazabilidad.
Según la investigación del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), el número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) declarado en el envase no existe, y el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) corresponde a un artículo de otra empresa.
Ante estas irregularidades, el caso fue reportado como Incidente Federal en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA).
La disposición oficial, publicada en el Boletín Oficial, establece que el azúcar Dulzura incumple las normativas vigentes, entre ellas la Ley N° 18.284 y el Código Alimentario Argentino, al presentar un rotulado falso y carecer de habilitación sanitaria.
En consecuencia, el organismo prohibió su producción, comercialización y expendio en todo el país, y la medida se extiende a cualquier otro producto que utilice el número de RNE N° 23001241 en su etiqueta.
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